Abogado de Muerte por Negligencia en California

Justicia en los momentos más difíciles

Si usted perdió a un ser querido por la negligencia de otra persona en California, lo acompañamos con compasión mientras buscamos justicia para su familia. Trabajamos con honorarios de contingencia: si no ganamos, usted no paga honorarios de abogado ni costos del caso. Llame al (213) 800-0706 para una consulta gratis.

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Qué hacer después de una muerte por negligencia

Primeros pasos para proteger su salud y su reclamo

  1. Conserve los documentos: el reporte policial, las facturas médicas y funerarias, y cualquier carta de una aseguradora.
  2. Anote los nombres y los datos de los testigos.
  3. No hable con las aseguradoras ni firme nada antes de recibir asesoría legal.
  4. Consulte a un abogado pronto. Si interviene una entidad pública, el reclamo por escrito vence generalmente a los seis meses.

Causas y responsabilidad

Una demanda por muerte por negligencia puede buscar compensación por gastos médicos y funerarios, la pérdida de apoyo económico y la pérdida de compañía. Manejamos su caso con sensibilidad y firmeza. Nuestro personal habla español y está listo para ayudarlo.

Compensación que puede recuperar

Usted puede tener derecho a recuperar por gastos médicos pasados y futuros, salarios perdidos y pérdida de capacidad para trabajar, daños a su propiedad, y el dolor y sufrimiento. Preparamos su caso en torno al alcance total de sus pérdidas.

Si la muerte ocurrió en un choque y el ajustador ya llamó a la familia, conviene leer antes lo que la aseguradora no menciona después de un choque.

Lo primero, con franqueza

Ningún reclamo repara esto. Lo que un caso de muerte por negligencia puede hacer es responder por las consecuencias económicas que la familia no eligió y establecer responsabilidad por lo ocurrido. Vale la pena decirlo de frente, porque muchas familias sienten que buscar un abogado es de algún modo indebido. No lo es.

Los plazos, que corren desde ya

El plazo general es de dos años conforme al Código de Procedimiento Civil § 335.1, cuyo texto cubre expresamente la muerte de una persona causada por el acto ilícito o la negligencia de otra.

Si puede haber responsabilidad de una entidad pública, por ejemplo un vehículo del gobierno, una carretera o una propiedad pública, generalmente debe presentarse un reclamo por escrito dentro de seis meses conforme al Código de Gobierno § 911.2. Ese plazo llega mientras la familia sigue en duelo, y es el que con más frecuencia se pierde.

Qué se puede recuperar

El Código Civil § 1431.2(b) define los daños económicos como pérdidas monetarias objetivamente verificables e incluye expresamente los gastos funerarios junto con la pérdida de ingresos y de oportunidades. En un caso de muerte esto abarca también el apoyo económico que la persona habría aportado a la familia y el valor de los servicios que prestaba en el hogar.

Los daños no económicos comprenden, en las palabras del mismo estatuto, la pérdida de compañía y sociedad, así como el sufrimiento mental y la angustia emocional.

Cuando hay varios responsables, el § 1431.2(a) establece que la responsabilidad de cada demandado por daños no económicos es solo mancomunada, de modo que cada uno paga su porcentaje.

Lo que conviene conservar

  • El reporte policial y el número de expediente.
  • El informe del forense cuando esté disponible.
  • Los vehículos involucrados, sin reparar ni desguazar.
  • Fotografías de la escena antes de que cambie.
  • Datos de testigos independientes.
  • Registros laborales y de ingresos de la persona fallecida.
  • Cualquier video cercano, solicitado por escrito de inmediato, porque se sobrescribe en días.

Sobre las aseguradoras

Una aseguradora puede comunicarse con la familia en los primeros días, a veces con una oferta. Antes de firmar cualquier documento o dar una declaración grabada, conviene que alguien revise el alcance de lo que se está aceptando, porque un finiquito cierra el reclamo de forma definitiva.

La consulta es gratuita y, si no ganamos, no se cobran honorarios de abogado ni costos del caso. (213) 800-0706.

Servicio en todo California

Aunque nuestra oficina está en Woodland Hills, representamos a personas lesionadas en todo California. La consulta es gratis y, si no ganamos, usted no paga honorarios de abogado ni costos del caso. Conozca más sobre nuestros servicios de lesiones personales. Vea también nuestras áreas de servicio.

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Cómo manejamos estos casos

El enfoque de Not My Fault Law Group

Trabajamos por contingencia: sin honorarios de abogado ni costos del caso si no ganamos. Nuestra oficina está en Woodland Hills, lo mantenemos informado en cada paso, y nuestros clientes nos han calificado con cinco estrellas.

Nuestro enfoque incluye:

  • Investigación completa y recopilación de pruebas
  • Representación firme en la negociación y en el tribunal
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Qué esperar durante el proceso

Consulta inicial

Escuchamos su historia, respondemos sus preguntas y le explicamos el proceso legal.

Recopilación de pruebas

Investigamos a fondo para reunir las pruebas y preparar su caso.

Litigio

Con las pruebas reunidas y su caso preparado, buscamos resolverlo mediante negociación o, si es necesario, en los tribunales.

Acuerdo o juicio

Su abogado presenta su caso de la manera más eficaz posible, en la negociación o ante un juez y un jurado.
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Justicia y tranquilidad

Buscar justicia después de la pérdida de un ser querido puede ser abrumador. Pero no está solo. Su abogado lo acompaña en cada paso del proceso legal y defiende sus derechos.

Antes de hablar con una aseguradora, lea nuestra guía de qué hacer y qué evitar después de un accidente para proteger su salud y su reclamo.

Preguntas frecuentes

¿Qué es un caso de muerte por negligencia?

Es un reclamo presentado cuando una persona muere a causa de la negligencia o conducta indebida de otra parte, como en un choque, una caída o un producto defectuoso.

¿Quién puede presentar un reclamo por muerte por negligencia en California?

Generalmente el cónyuge sobreviviente, la pareja de hecho registrada, los hijos y, en ciertos casos, otros familiares dependientes (Código de Procedimiento Civil, Sección 377.60).

¿Qué compensación está disponible?

Puede incluir gastos funerarios y de entierro, el apoyo económico que el fallecido habría brindado, y la pérdida de compañía, cariño y orientación.

¿En qué se diferencia de un reclamo por sobrevivencia?

Un reclamo por muerte por negligencia compensa a los familiares por sus pérdidas, mientras que una acción de sobrevivencia recupera por lo que el fallecido sufrió antes de morir. A menudo se presentan juntos.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar un reclamo en California?

Generalmente dos años desde la fecha del fallecimiento, pero solo seis meses cuando interviene una entidad gubernamental.

¿Y si el ser querido tuvo parte de la culpa?

La familia aún puede recuperar bajo la negligencia comparativa, con la compensación reducida según el porcentaje de culpa del fallecido.

¿Cuánto vale un caso de muerte por negligencia?

El valor depende de factores como la edad y los ingresos del fallecido, sus dependientes y la relación con los familiares sobrevivientes.

¿Cuánto cuesta un abogado de muerte por negligencia?

Trabajamos por contingencia: sin honorarios de abogado ni costos del caso si no ganamos. La consulta es siempre gratuita.

¿Qué debemos hacer tras una muerte por negligencia?

Conserve cualquier documento e información relacionados, evite hablar con las aseguradoras, y consulte a un abogado para proteger los derechos de la familia y los plazos.

¿Atienden casos de muerte por negligencia en todo California?

Sí. Acompañamos a las familias en casos de muerte por negligencia en todo California con sensibilidad.

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