Negligencia Comparativa: Qué Pasa Si el Choque Fue Parcialmente Su Culpa

Mucha gente no llama a un abogado porque cree que, si tuvo aunque sea un poco de culpa, ya no tiene derecho a nada. En California eso es falso, y esa creencia le ahorra mucho dinero a las aseguradoras cada año.

La regla: se reparte, no se pierde

California usa negligencia comparativa pura. La Corte Suprema del estado la adoptó en Li v. Yellow Cab Co. (1975) 13 Cal.3d 804, reemplazando la regla vieja que le quitaba todo derecho a cualquiera que hubiera sido mínimamente negligente.

Bajo la forma pura, los daños se reparten en proporción directa a la culpa, sin ningún corte. Si a usted le asignan 30 por ciento, recupera el 70 por ciento. Si le asignan 80 por ciento, todavía recupera el 20 por ciento. No hay un punto donde usted pierda el derecho a reclamar.

Por qué el ajustador insiste tanto

Porque cada punto de culpa que le logren colgar a usted es un descuento directo sobre su cheque. Si su caso vale $100,000 y consiguen convencer a alguien de que usted tuvo 25 por ciento de la culpa, acaban de ahorrarse $25,000 sin discutir ni una factura médica.

Por eso las preguntas vienen armadas de cierta forma: ¿a qué velocidad iba?, ¿lo vio venir?, ¿pudo haber frenado antes?, ¿por qué iba en ese carril?, ¿traía puesto el cinturón? Ninguna de esas preguntas es casual.

El reporte de policía no decide nada

El reporte de colisión es evidencia y muchas veces es útil, pero no obliga a la aseguradora. Los oficiales suelen llegar después del hecho y reconstruir a partir de dos versiones opuestas. Un reporte que le asigna culpa parcial se puede refutar con evidencia física; un reporte que lo exonera no obliga a nadie a pagar.

No lo confunda con el 51 por ciento del seguro

Hay otro número dando vueltas y confunde a mucha gente. Para efectos de tarifa de seguro, la Proposición 103 solo permite que le suban la prima si usted fue “principalmente culpable”, es decir al menos el 51 por ciento de la causa legal.

Ese 51 por ciento gobierna su prima. No tiene nada que ver con su derecho a recuperar en un reclamo, que bajo negligencia comparativa pura sobrevive en cualquier porcentaje.

Qué hacer con esto

Si alguien le dijo que no tiene caso porque usted “también tuvo la culpa”, vale la pena una segunda opinión. El porcentaje no se decide en el lugar del accidente ni lo decide el ajustador: se negocia, y se puede discutir con fotos, con los patrones de daño en los vehículos y con testigos.

Un ejemplo con números

Suponga que un jurado valúa sus daños totales en $100,000: cuentas médicas, salarios perdidos y el dolor y sufrimiento sumados.

Si le asignan 0 por ciento de culpa, recupera $100,000. Si le asignan 20 por ciento, recupera $80,000. Si le asignan 50 por ciento, recupera $50,000. Y si le asignan 90 por ciento, todavía recupera $10,000.

Ese último caso es justo el que la gente cree imposible. En muchos otros estados sí lo sería: tienen reglas que cortan el derecho al 50 o 51 por ciento. California no.

De dónde salen los porcentajes

No los decide el ajustador ni el oficial que hizo el reporte. En un caso que llega a juicio los decide el jurado. En un caso que se resuelve antes —la enorme mayoría— se negocian, y esa negociación se gana con evidencia.

Lo que mueve el porcentaje: los patrones de daño en los vehículos, que muestran ángulo y velocidad; las marcas de frenado; los testigos independientes; el video de cámaras cercanas; y la reconstrucción de un perito cuando el caso lo justifica.

Las situaciones donde más se usa

Vuelta a la izquierda, donde casi siempre intentan repartir. Cambios de carril, donde ambos conductores suelen decir que el otro invadió. Choques en intersección con versiones opuestas sobre el semáforo. Choques por detrás donde argumentan que usted frenó sin razón. Y peatones y ciclistas, donde el argumento típico es que la persona “apareció de la nada”.

El cinturón de seguridad

Si usted no traía cinturón, espere que lo usen. No convierte el choque en culpa suya, pero pueden argumentar que parte de sus lesiones se habrían evitado. Es un argumento sobre el alcance del daño, no sobre quién causó el accidente, y se responde con opinión médica.

Preguntas frecuentes

¿Puedo recuperar dinero si tuve parte de la culpa?

Sí. California usa negligencia comparativa pura, así que usted recupera la proporción que no le corresponde, sin importar el porcentaje. Con 30 por ciento de culpa recupera el 70 por ciento; con 80 por ciento todavía recupera el 20 por ciento.

¿Quién decide el porcentaje de culpa?

En un juicio lo decide el jurado. En la enorme mayoría de los casos, que se resuelven antes, se negocia entre las partes. No lo decide el ajustador ni el oficial que hizo el reporte policial.

¿El reporte de policía define la culpa?

No. Es evidencia útil, pero no obliga a la aseguradora y sus conclusiones normalmente no son admisibles en corte. Se puede refutar con fotos, patrones de daño y testigos.


Esta página es información general sobre la ley de California y no es asesoría legal. Leerla no crea una relación de abogado y cliente. Cada caso depende de sus propios hechos. Para asesoría sobre su situación, llame al (213) 800-0706 para una consulta gratis.

Revisado por Joshua B. Adelpour, Esq., Colegio de Abogados de California No. 318226.

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